
La ley de protección al empleo en Chile, tiene el deber de plasmar las maneras para proteger a todos los trabajadores. Además de ello, también expresa los beneficios de los cuales son acreedores. Sin embargo, hay tres aspectos donde las prestaciones y el seguro de cesantía son accesibles de manera inmediata. Por ello, es que, tal ley debe de analizarse con detenimiento, lo cual se hará a continuación.
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Ley de protección al empleo en Chile
Se encarga de establecer el acceso a las prestaciones y al seguro de cesantía de los trabajadores, incluso en casos como la suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad (cuarentena). A esta situación se le agregan dos más, la primera es cuando se acuerde la suspensión o la reducción de la jornada laboral.
En caso del primer aspecto, que se suspende por acto de autoridad, la ley de protección al empleo en Chile es clara. Por tal motivo, enuncia que, los trabajadores tienen acceso directo al seguro de cesantía, incluso del 70% el primer mes.
Además el patrono tiene la obligación de pagar lo correspondiente a cotizaciones de salud y previsionales, descartando por completo las que surgen de los accidentes de trabajo. En este sentido, el empleador también debe comprometerse a no despedir a ningún trabajador salvo excepciones.
En la ley se expresa quienes son los que pueden acceder y quienes no, en este último caso afirma que, son los trabajadores que no se rijan por el código, quienes hayan acordado con el patrono o estén incapacitados.
Pacto individual de la suspensión y pago de la asignación familiar
En el primer caso, del pacto individual. Se debe aclarar que, es el mismo trabajador quien acuerda con el empleador que, se suspenderá temporalmente el trabajo. Sin embargo, tal como en la primera situación, el trabajador puede acceder al seguro de cesantía y hasta el 70% el primer mes.
En los demás aspectos de quienes pueden o no beneficiarse, aplica el mismo tratamiento antes mencionado. Junto a esta figura se encuentra el pago de la asignación familiar, previsto en la ley de protección al empleo en Chile.
Consiste en que, todos los trabajadores que pactaron la suspensión; o esta sucedió por acto de autoridad. Además se acogieron a la misma y tienen la carga familiar inscrita en el IPS, recibirán este pago. Es prudente dejar claro que, este beneficio solo será para aquellos trabajadores que durante los primeros meses del año recibieron un ingreso bruto menor o inferior a los 765.550 pesos.
Pacto de la reducción temporal de la jornada laboral
El mismo se trata de un acuerdo que surge entre los trabajadores y el empleador. En el cual se acuerda que, se reducirá hasta un 50% la jornada, el patrono estará obligado a pagar las cotizaciones correspondientes a la jornada que se acuerde. El trabajador podrá acceder al seguro de cesantía, retirando hasta un 25%. En este sentido, el mismo seguirá teniendo los beneficios de bonos y aguinaldos.
Será el empleador quien por medio de la Dirección del Trabajo, llene todos los requisitos, debido a que, se trata de un anexo al contrato de trabajo. El mismo solo podrá durar tres meses cuando se trate de un contrato de faena o servicio o cinco si es indefinido.
Es importante leer la ley de protección al empleo en Chile, para conocer quiénes pueden beneficiarse y como acceder a cada uno de estos beneficios. Vale aclarar que, para más información se puede acceder al sitio web oficial de protección del empleo.